Las empresas que realicen este diagnóstico deben cumplir mínimo todas estas obligaciones de cumplimiento legal.
- Si tienes 20 o más trabajadores cuentas con un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Si tienes menos de 20 trabajadores cuentas con un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- El Comité o Supervisor SST ha aprobado el Plan para la Vigilancia bajo la RM 972-2020 MINSA.
- Tienes implementado y registrado el Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo bajo la RM 972-2020 MINSA.
- Tienes elaborado e implementado la matriz de Identificación de Peligros, evaluación de Riesgos y medidas de Control llamado IPERC.
- Has realizado la inducción, capacitación y entrenamiento a tus trabajadores según el IPERC por puesto de trabajo para que desarrollen sus labores.
- Registras dichas capacitaciones de SST. Has registrado las inspecciones en el formato MINTRA respectivo.
- Realizas inspecciones internas en materia de seguridad y salud en el trabajo según tu programa SST.
- Has registrado las inspecciones en el formato MINTRA respectivo.
- Tu sede de trabajo cuenta con avisos, pictogramas y señales de seguridad para evitar accidentes y promover la seguridad y salud de los trabajadores.
- Cuentas con el Mapa de Riesgos actualizado.
- Mantienes el orden y limpieza en el lugar de trabajo.
- Cuentas con extintores de incendios y señalética de evacuación para las personas que se encuentran en el lugar de trabajo.
- Tienes conformado las brigadas de emergencia y está vigente.
- Cuentas con un plan de seguridad en defensa civil.
- Si tienes 20 o más trabajadores, tienes un Reglamento Interno de seguridad y salud en el trabajo. Tu RISST está aprobado por el Comité SST.
- Si en su labor diaria tus trabajadores requieren usar equipos de protección personal, les has entregado guantes, calzado, lentes seguridad, según aplique a los riesgos propio de su puesto de trabajo.
- Registras la entrega de Equipo de protección personal en el formato MINTRA respectivo.
- Cuentas con un procedimiento para la investigación de accidentes de trabajo y los has registrado.
En caso no cumplas con alguno de estos elementos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo tu empresa puede recibir una multa por incumplimiento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo al siguiente cuadro de infracciones Seguridad y Salud en el Trabajo.
Por ejemplo = Una falta grave que afecta a menos de 25 trabajadores, la multa es de S/ 4,400 = S/17,248
CUADRO DE INFRACCIONES ACTUALIZADO
